Ley 26.994

Artículo 1348Prohibición

Texto oficial

Prohibición. Está prohibido al corredor: a) adquirir por sí o por interpósita persona efectos cuya negociación le ha sido encargada; b) tener cualquier clase de participación o interés en la negociación o en los bienes comprendidos en ella.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de prohibición. Está prohibido al corredor: a) adquirir por sí o por interpósita persona efectos cuya negociación le ha sido encargada; b) tener cualquier clase de participación o interés en la negociación o en los bienes comprendidos en ella.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige prohibición. Está prohibido al corredor: a) adquirir por sí o por interpósita persona efectos cuya negociación le ha sido encargada; b) tener cualquier clase de pa
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