Ley 26.994

Artículo 1401Reglas subsidiarias

Texto oficial

Reglas subsidiarias. Las reglas del son aplicables a los encargos encomendados por el cuentacorrentista al banco. Si la operación debe realizarse en todo o en parte en una plaza en la que no existe casa del banco, él puede encomendarla a otro banco o a su corresponsal. El banco se exime del daño causado si la entidad a la que encomienda la tarea que lo causa es elegida por el cuentacorrentista.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de reglas subsidiarias. Las reglas del son aplicables a los encargos encomendados por el cuentacorrentista al banco.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige reglas subsidiarias. Las reglas del mandato son aplicables a los encargos encomendados por el cuentacorrentista al banco.
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