Mala calidad o vicio de la cosa. Si la cantidad prestada no es dinero, el mutuante responde por los daños causados por la mala calidad o el vicio de la cosa prestada; si el es gratuito, responde sólo si conoce la mala calidad o el vicio y no advierte al mutuario.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de mala calidad o vicio de la cosa. Si la cantidad prestada no es dinero, el mutuante responde por los daños causados por la mala calidad o el vicio de la cosa prestada; si el es gratuito, responde sólo si conoce la mala calidad o el vicio y no advierte al mutuario.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige mala calidad o vicio de la cosa. Si la cantidad prestada no es dinero, el mutuante responde por los daños causados por la mala calidad o el vicio de la cosa prestada; si el mutuo es g