Ley 26.994

Artículo 1588Efectos de la sentencia

Texto oficial

Efectos de la . No es oponible al fiador la relativa a la validez, o exigibilidad de la deuda principal dictada en juicio al que no haya sido oportunamente citado a intervenir.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de efectos de la . No es oponible al fiador la relativa a la validez, o exigibilidad de la deuda principal dictada en juicio al que no haya sido oportunamente citado a intervenir.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige efectos de la sentencia. No es oponible al fiador la sentencia relativa a la validez, o exigibilidad de la deuda principal dictada en juicio al que no haya sido oportunamente
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