Ley 26.994

Artículo 1598Evicción

Texto oficial

Evicción. La evicción de lo que el acreedor ha recibido en pago del deudor, no hace renacer la fianza. CAPITULO 24 oneroso de renta vitalicia

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de evicción. La evicción de lo que el acreedor ha recibido en pago del deudor, no hace renacer la fianza.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige evicción. La evicción de lo que el acreedor ha recibido en pago del deudor, no hace renacer la fianza.
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