Ley 26.994
Artículo 1598Evicción
Texto oficial
Evicción. La evicción de lo que el acreedor ha recibido en pago del deudor, no hace renacer la fianza. CAPITULO 24 oneroso de renta vitalicia
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de evicción. La evicción de lo que el acreedor ha recibido en pago del deudor, no hace renacer la fianza.
Efectos prácticos
- •En la práctica, este artículo rige evicción. La evicción de lo que el acreedor ha recibido en pago del deudor, no hace renacer la fianza.