Ley 26.994

Artículo 1643Forma

Texto oficial

Forma. La transacción debe hacerse por escrito. Si recae sobre derechos litigiosos sólo es eficaz a partir de la presentación del instrumento firmado por los interesados ante el juez en que tramita la causa. Mientras el instrumento no sea presentado, las partes pueden desistir de ella.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de forma. La transacción debe hacerse por escrito.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige forma. La transacción debe hacerse por escrito.
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