Reembolso de gastos. Retribución. Excepto estipulación en contrario, el fiduciario tiene derecho al reembolso de los gastos y a una retribución, ambos a cargo de quien o quienes se estipula en el . Si la retribución no se fija en el , la debe fijar el juez teniendo en consideración la índole de la encomienda, la importancia de los deberes a cumplir, la eficacia de la gestión cumplida y las demás circunstancias en que actúa el fiduciario.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de reembolso de gastos. Retribución.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige reembolso de gastos. Retribución.