Ley 26.994

Artículo 1698Efectos

Texto oficial

Efectos. Producida la extinción del , el fiduciario está obligado a entregar los bienes fideicomitidos al fideicomisario o a sus sucesores, a otorgar los instrumentos y a contribuir a las inscripciones registrales que correspondan. SECCION 8ª testamentario

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de efectos. Producida la extinción del , el fiduciario está obligado a entregar los bienes fideicomitidos al fideicomisario o a sus sucesores, a otorgar los instrumentos y a contribuir a las inscripciones registrales que correspondan.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige efectos. Producida la extinción del fideicomiso, el fiduciario está obligado a entregar los bienes fideicomitidos al fideicomisario o a sus sucesores, a otorga
← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos