Facultades judiciales. No obstante, el juez puede distribuir la de la o de haber actuado con la diligencia debida, ponderando cuál de las partes se halla en mejor situación para aportarla. Si el juez lo considera pertinente, durante el proceso debe comunicar a las partes que aplicará este criterio, de modo de permitir a los litigantes ofrecer y producir los elementos de convicción que hagan a su defensa.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de facultades judiciales. No obstante, el juez puede distribuir la de la o de haber actuado con la diligencia debida, ponderando cuál de las partes se halla en mejor situación para aportarla.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige facultades judiciales. No obstante, el juez puede distribuir la carga de la prueba de la culpa o de haber actuado con la diligencia debida, ponderando cuál de las partes se halla en mejor situación para aportarla.