Ley 26.994

Artículo 2034Condominio de árboles y arbustos

Texto oficial

Condominio de árboles y arbustos. Es medianero el árbol y arbusto contiguo o encaballado con relación a muros, cercos o fosos linderos, tanto en predios rurales como urbanos.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de condominio de árboles y arbustos. Es medianero el árbol y arbusto contiguo o encaballado con relación a muros, cercos o fosos linderos, tanto en predios rurales como urbanos.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige condominio de árboles y arbustos. Es medianero el árbol y arbusto contiguo o encaballado con relación a muros, cercos o fosos linderos, tanto en predios rurales como urbanos.
← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos