Legitimación. El instrumento de afectación de un tiempo compartido debe ser otorgado por el titular del . En el supuesto en que dicho titular no coincida con la persona del emprendedor, éste debe comparecer a prestar su consentimiento a la afectación instrumentada.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de legitimación. El instrumento de afectación de un tiempo compartido debe ser otorgado por el titular del .
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige legitimación. El instrumento de afectación de un tiempo compartido debe ser otorgado por el titular del dominio.