Ley 26.994

Artículo 2096De la administración

Texto oficial

De la administración. La administración puede ser ejercida por el propio emprendedor, o por un tercero designado por él. En tal caso, ambos tienen responsabilidad solidaria frente a los usuarios del tiempo compartido, por la debida gestión y coordinación en el mantenimiento y uso de los bienes.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de de la administración. La administración puede ser ejercida por el propio emprendedor, o por un tercero designado por él.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige de la administración. La administración puede ser ejercida por el propio emprendedor, o por un tercero designado por él.
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