Ley 26.994

Artículo 2172Transmisibilidad

Texto oficial

Transmisibilidad. Ninguna puede transmitirse con independencia del inmueble dominante. La personal es intransmisible por causa de muerte, sin perjuicio de lo dispuesto para la a favor de varias personas con derecho de acrecer. CAPITULO 2 Derechos y obligaciones del titular dominante

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de transmisibilidad. Ninguna puede transmitirse con independencia del inmueble dominante.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige transmisibilidad. Ninguna servidumbre puede transmitirse con independencia del inmueble dominante.
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