Ley 26.994

Artículo 2212Concepto

Texto oficial

Concepto. La anticresis es el derecho real de garantía que recae sobre cosas registrables individualizadas, cuya se entrega al acreedor o a un tercero designado por las partes, a quien se autoriza a percibir los frutos para imputarlos a una deuda.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de concepto. La anticresis es el derecho real de garantía que recae sobre cosas registrables individualizadas, cuya se entrega al acreedor o a un tercero designado por las partes, a quien se autoriza a percibir los frutos para imputarlos a una deuda.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige concepto. La anticresis es el derecho real de garantía que recae sobre cosas registrables individualizadas, cuya posesión se entrega al acreedor o a un tercero
← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos