Ley 26.994

Artículo 2218Duración de la inscripción

Texto oficial

Duración de la inscripción. Los efectos del registro de la anticresis se conservan por el término de veinte años para inmuebles y de diez años para muebles registrables, si antes no se renueva. CAPITULO 4 Prenda SECCION 1ª Disposiciones generales

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de duración de la inscripción. Los efectos del registro de la anticresis se conservan por el término de veinte años para inmuebles y de diez años para muebles registrables, si antes no se renueva.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige duración de la inscripción. Los efectos del registro de la anticresis se conservan por el término de veinte años para inmuebles y de diez años para muebles registrables, si antes no se renueva.
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