Ley 26.994

Artículo 231Cosas consumibles

Texto oficial

Cosas consumibles. Son cosas consumibles aquellas cuya existencia termina con el primer uso. Son cosas no consumibles las que no dejan de existir por el primer uso que de ellas se hace, aunque sean susceptibles de consumirse o deteriorarse después de algún tiempo.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de cosas consumibles. Son cosas consumibles aquellas cuya existencia termina con el primer uso.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige cosas consumibles. Son cosas consumibles aquellas cuya existencia termina con el primer uso.
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