Ley 26.994

Artículo 232Cosas fungibles

Texto oficial

Cosas fungibles. Son cosas fungibles aquellas en que todo individuo de la especie equivale a otro individuo de la misma especie, y pueden sustituirse por otras de la misma calidad y en igual cantidad.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de cosas fungibles. Son cosas fungibles aquellas en que todo individuo de la especie equivale a otro individuo de la misma especie, y pueden sustituirse por otras de la misma calidad y en igual cantidad.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige cosas fungibles. Son cosas fungibles aquellas en que todo individuo de la especie equivale a otro individuo de la misma especie, y pueden sustituirse por otras de la m
← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos