Artículo 2383Derecho real de habitación del cónyuge supérstite
Texto oficial
Derecho real de habitación del cónyuge supérstite. El cónyuge supérstite tiene derecho real de habitación vitalicio y gratuito de pleno derecho sobre el inmueble de propiedad del causante, que constituyó el último hogar conyugal, y que a la apertura de la no se encontraba en condominio con otras personas. Este derecho es inoponible a los acreedores del causante.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de derecho real de habitación del cónyuge supérstite. El cónyuge supérstite tiene derecho real de habitación vitalicio y gratuito de pleno derecho sobre el inmueble de propiedad del causante, que constituyó el último hogar conyugal, y que a la apertura de la no se encontraba en condominio con otras personas.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige derecho real de habitación del cónyuge supérstite. El cónyuge supérstite tiene derecho real de habitación vitalicio y gratuito de pleno derecho sobre el inmueble de propiedad del causante, que constitu