Ley 26.994

Artículo 2389Donación al descendiente o ascendiente del heredero

Texto oficial

al descendiente o ascendiente del heredero. Las donaciones hechas a los descendientes del heredero no deben ser colacionadas por éste. El descendiente del donatario que concurre a la del donante por representación debe colacionar la hecha al ascendiente representado.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de al descendiente o ascendiente del heredero. Las donaciones hechas a los descendientes del heredero no deben ser colacionadas por éste.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige donación al descendiente o ascendiente del heredero. Las donaciones hechas a los descendientes del heredero no deben ser colacionadas por éste.
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