Defectos ocultos. Los coherederos se deben recíprocamente garantía de los defectos ocultos de los bienes adjudicados. CAPITULO 6 y reforma de la partición
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de defectos ocultos. Los coherederos se deben recíprocamente garantía de los defectos ocultos de los bienes adjudicados.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige defectos ocultos. Los coherederos se deben recíprocamente garantía de los defectos ocultos de los bienes adjudicados.