Ley 26.994

Artículo 2425Naturaleza y origen de los bienes

Texto oficial

Naturaleza y origen de los bienes. En las sucesiones intestadas no se atiende a la naturaleza ni al origen de los bienes que componen la , excepto disposición legal expresa en contrario. CAPITULO 2 de los descendientes

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de naturaleza y origen de los bienes. En las sucesiones intestadas no se atiende a la naturaleza ni al origen de los bienes que componen la , excepto disposición legal expresa en contrario.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige naturaleza y origen de los bienes. En las sucesiones intestadas no se atiende a la naturaleza ni al origen de los bienes que componen la herencia, excepto disposición legal expresa en contrario.
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