Naturaleza y origen de los bienes. En las sucesiones intestadas no se atiende a la naturaleza ni al origen de los bienes que componen la , excepto disposición legal expresa en contrario. CAPITULO 2 de los descendientes
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de naturaleza y origen de los bienes. En las sucesiones intestadas no se atiende a la naturaleza ni al origen de los bienes que componen la , excepto disposición legal expresa en contrario.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige naturaleza y origen de los bienes. En las sucesiones intestadas no se atiende a la naturaleza ni al origen de los bienes que componen la herencia, excepto disposición legal expresa en contrario.