Ley 26.994

Artículo 2496Adquisición del legado

Texto oficial

Adquisición del legado. Modalidades. El derecho al legado se adquiere a partir de la muerte del testador o, en su caso, desde el cumplimiento de la condición a que está sujeto. El legado con cargo se rige por las disposiciones relativas a las donaciones sujetas a esa modalidad.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de adquisición del legado. Modalidades.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige adquisición del legado. Modalidades.
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