Ley 26.994

Artículo 2535Renuncia

Texto oficial

Renuncia. La ya ganada puede ser renunciada por las personas que pueden otorgar actos de disposición. La renuncia a la por uno de los codeudores o coposeedores no surte efectos respecto de los demás. No procede la acción de regreso del codeudor renunciante contra sus codeudores liberados por la .

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de renuncia. La ya ganada puede ser renunciada por las personas que pueden otorgar actos de disposición.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige renuncia. La prescripción ya ganada puede ser renunciada por las personas que pueden otorgar actos de disposición.
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