Ley 26.994

Artículo 292Presupuestos

Texto oficial

Presupuestos. Es presupuesto para la validez del instrumento que el oficial público se encuentre efectivamente en funciones. Sin , son válidos los actos instrumentados y autorizados por él antes de la de la suspensión o cesación de sus funciones hechos conforme a la ley o reglamento que regula la función de que se trata. Dentro de los límites de la buena fe, la falta de los requisitos necesarios para su nombramiento e investidura no afecta al acto ni al instrumento si la persona interviniente ejerce efectivamente un cargo existente y actúa bajo la apariencia de legitimidad del título.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de presupuestos. Es presupuesto para la validez del instrumento que el oficial público se encuentre efectivamente en funciones.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige presupuestos. Es presupuesto para la validez del instrumento que el oficial público se encuentre efectivamente en funciones.
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