Ley 26.994

Artículo 299Escritura pública

Texto oficial

Escritura pública. Definición. La escritura pública es el instrumento matriz extendido en el protocolo de un escribano público o de otro funcionario autorizado para ejercer las mismas funciones, que contienen uno o más actos jurídicos. La copia o testimonio de las escrituras públicas que expiden los escribanos es instrumento público y hace plena fe como la escritura matriz. Si hay alguna variación entre ésta y la copia o testimonio, se debe estar al contenido de la escritura matriz.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de escritura pública. Definición.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige escritura pública. Definición.
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