Ley 26.994

Artículo 402Interpretación y aplicación de las normas

Texto oficial

Interpretación y aplicación de las normas. Ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, y los efectos que éste produce, sea constituido por dos personas de distinto o igual sexo. CAPITULO 2 Requisitos del matrimonio

Qué significa en la práctica

El matrimonio en Argentina puede celebrarse entre dos personas de cualquier sexo. No hay distinción entre matrimonio "heterosexual" y "homosexual": ambos tienen los mismos requisitos, efectos y derechos.

Efectos prácticos

  • Matrimonio entre personas del mismo sexo: plenamente válido desde la Ley 26.618 (2010), ahora integrado al CCyCN
  • Todos los efectos son idénticos: herencia, alimentos, adopción conjunta
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