Ley 26.994

Artículo 439Convenio regulador

Texto oficial

Convenio regulador. Contenido. El convenio regulador debe contener las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges; al ejercicio de la responsabilidad parental, en especial, la prestación alimentaria; todo siempre que se den los presupuestos fácticos contemplados en esta Sección, en consonancia con lo establecido en este Título y en el Título VII de este Libro. Lo dispuesto en el párrafo anterior no impide que se propongan otras cuestiones de interés de los cónyuges.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de convenio regulador. Contenido.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige convenio regulador. Contenido.
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