Ley 26.994

Artículo 718Uniones convivenciales

Texto oficial

Uniones convivenciales. En los conflictos derivados de las uniones convivenciales, es competente el juez del último domicilio convivencial o el del demandado a elección del actor,

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de uniones convivenciales. En los conflictos derivados de las uniones convivenciales, es competente el juez del último domicilio convivencial o el del demandado a elección del actor,

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige uniones convivenciales. En los conflictos derivados de las uniones convivenciales, es competente el juez del último domicilio convivencial o el del demandado a elección del a
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