Ley 26.994

Artículo 746Efectos

Texto oficial

Efectos. El deudor de una cosa cierta está obligado a conservarla en el mismo estado en que se encontraba cuando contrajo la , y entregarla con sus accesorios, aunque hayan sido momentáneamente separados de ella.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de efectos. El deudor de una cosa cierta está obligado a conservarla en el mismo estado en que se encontraba cuando contrajo la , y entregarla con sus accesorios, aunque hayan sido momentáneamente separados de ella.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige efectos. El deudor de una cosa cierta está obligado a conservarla en el mismo estado en que se encontraba cuando contrajo la obligación, y entregarla con sus a
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