Artículo 761Entrega de la cosa a quien no es propietario
Texto oficial
Entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables. Si la cosa es inmueble o mueble registrable, el acreedor tiene acción real contra terceros que sobre ella aparentemente adquirieron derechos reales, o que la tengan en su por cualquier hecho con el deudor. Parágrafo 4° Obligaciones de género
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables.