Ley 26.994

Artículo 761Entrega de la cosa a quien no es propietario

Texto oficial

Entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables. Si la cosa es inmueble o mueble registrable, el acreedor tiene acción real contra terceros que sobre ella aparentemente adquirieron derechos reales, o que la tengan en su por cualquier hecho con el deudor. Parágrafo 4° Obligaciones de género

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige entrega de la cosa a quien no es propietario. Bienes registrables.
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