Ley 26.994

Artículo 896Recibo

Texto oficial

Recibo. El recibo es un instrumento público o privado en el que el acreedor reconoce haber recibido la prestación debida.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de recibo. El recibo es un instrumento público o privado en el que el acreedor reconoce haber recibido la prestación debida.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige recibo. El recibo es un instrumento público o privado en el que el acreedor reconoce haber recibido la prestación debida.
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