Ley 11.179

Artículo 111Injuria — exceptio veritatis

Texto oficial

El acusado de injuria, en los casos en los que las expresiones de ningún modo estén vinculadas con el ejercicio de un cargo público, podrá probar la verdad de la imputación como eximente de pena si la imputación hubiera tenido por objeto defender un interés público actual.

Qué significa en la práctica

La "exceptio veritatis" permite al acusado de injuria probar que lo dicho era verdad para quedar impune, pero solo si la imputación tuvo por objeto defender un interés público actual. No funciona como excusa universal: no basta probar la verdad si no había interés público que justificara divulgarla.

Efectos prácticos

  • Probar la verdad es posible solo cuando hay interés público en la divulgación
  • La verdad sin interés público no exime de injuria
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