Texto oficial
La pena será de ocho a veinte años de reclusión o prisión cuando el hecho fuere cometido por dos o más personas, o el autor fuere ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda, médico, psicólogo, u otro profesional que abuse de su posición.