Ley 11.179

Artículo 189Tenencia de materiales peligrosos

Texto oficial

Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que, con el fin de contribuir a la comisión de un determinado contra la seguridad común, fabricare, suministrare, adquiriere o tuviere en su poder bombas, materiales o aparatos capaces de liberar energía nuclear, materiales radiactivos, gases tóxicos, elementos químicos o biológicos, agentes infecciosos, o cualquier otro elemento capaz de causar estragos.

Qué significa en la práctica

Penaliza la tenencia, fabricación o suministro de materiales peligrosos (bombas, materiales nucleares, gases tóxicos, agentes biológicos) cuando hay finalidad de cometer un contra la seguridad común. Pena: 1 mes a 1 año.

Ejemplo práctico

Tenencia de explosivos para volar un edificio

Efectos prácticos

  • Requiere el fin de cometer un delito específico — la tenencia casual no encuadra
  • Complementa el Art. 189bis sobre armas de fuego
  • Aplica a componentes de bombas caseras
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