Ley 11.179

Artículo 242Desobediencia a decisión judicial

Texto oficial

Sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que le correspondan, será reprimido con prisión de quince días a tres meses el funcionario público que sin causa justificada, negare o retardare el suministro de datos, informes o documentos que le requieran las autoridades competentes del Poder Judicial, del Ministerio Público o del Poder Legislativo.

Qué significa en la práctica

El funcionario que sin justificación niega o demora información requerida por la Justicia, el Ministerio Público o el Poder Legislativo comete desobediencia agravada: 15 días a 3 meses, más sanciones disciplinarias.

Ejemplo práctico

Ministerio que demora injustificadamente entrega de expedientes ordenada por la Justicia

Efectos prácticos

  • Aplicable cuando el Poder Ejecutivo no responde requerimientos del Congreso o la Justicia
  • Obstrucción de la justicia por funcionarios
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