Artículo 247Ejercicio ilegal de profesión y uso ilegítimo de títulos
Texto oficial
Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente o sin habilitación especial cuando ella fuera requerida. Será reprimido con multa el que públicamente llevare insignias o distintivos de un cargo que no ejerciere o se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
Qué significa en la práctica
Ejercer una profesión que requiere habilitación especial (medicina, abogacía, ingeniería, etc.) sin tener el título o la autorización correspondiente es : 15 días a 1 año. También se pune con multa a quien usa insignias de un cargo que no tiene o finge títulos académicos o profesionales.
Ejemplo práctico
Persona que se hace pasar por médico y atiende en una clínica sin título
Efectos prácticos
•El médico trucho que atiende pacientes comete este delito
•El abogado con título falso que patrocina juicios también encuadra aquí
•El que se viste de policía o usa uniforme de grado militar que no posee: multa