Ley 11.179

Artículo 269Prevaricato judicial

Texto oficial

Sufrirá multa de tres mil pesos a setenta y cinco mil pesos e inhabilitación absoluta perpetua el juez que dictare resoluciones contrarias a la ley expresa invocada por las partes o por el mismo juez, o citare, para fundarlas, hechos o resoluciones falsas. Si la fuere condenatoria en causa criminal, la pena será de tres a quince años de reclusión o prisión e inhabilitación absoluta perpetua. Lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo será aplicable, en su caso, a los árbitros y arbitradores amigables componedores.

Qué significa en la práctica

El prevaricato es cuando el juez dicta resoluciones contrarias a la ley o basadas en hechos falsos: multa + inhabilitación perpetua. Si la errónea es una condena penal, la pena sube a 3–15 años. También aplica a árbitros.

Ejemplo práctico

Juez que dicta sentencia basándose en normas que no existen

Efectos prácticos

  • Uno de los delitos más graves contra la administración de justicia
  • Requiere que la resolución sea contraria a la ley expresa — la interpretación errónea no alcanza
  • El prevaricato en causa penal condenatoria es especialmente severo
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