El de un de acción pública reprimido con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda de tres años, podrá solicitar la . En los casos de concurso de delitos, el también podrá solicitar la si el máximo de la pena de reclusión o prisión aplicable no excediese de tres años. Al presentar la solicitud, el deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la correspondiente. El ofrecimiento podrá consistir en la restitución de la cosa afectada por el , en cualquier prestación a favor de la víctima, o en una suma de dinero que el tribunal estime razonable.
Qué significa en la práctica
La se puede pedir si la pena máxima del no supera los 3 años. El debe ofrecer reparar el daño (no implica confesar). Los reincidentes no pueden pedirla. La CSJN en "Acosta" (2008) interpretó que también puede aplicarse a delitos con pena mayor cuando las circunstancias lo justifican.
Ejemplo práctico
Imputado por daño (1 mes-1 año): puede pedir probation ofreciendo reparar el daño causado.
Efectos prácticos
•Disponible para delitos con pena máxima de hasta 3 años (criterio básico)
•La reparación ofrecida no es confesión de culpa
•Los reincidentes no pueden acceder a la probation