Ley 11.179

Artículo 86Aborto legal — causales de no punibilidad

Texto oficial

Será reprimido con prisión de uno a cuatro años, el médico cirujano que abusare de su ciencia para causar el aborto o cooperare en causarlo. El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.

Qué significa en la práctica

Desde la Ley IVE (2021), el aborto no es punible hasta la semana 14 con consentimiento. Después de la semana 14, tampoco es punible si el embarazo es producto de violación o si hay riesgo para la vida o salud integral de la persona gestante. Estas son las causales del sistema IVE/ILE vigente.

Ejemplo práctico

Una mujer que decide interrumpir su embarazo de 10 semanas: el aborto es legal y el médico que lo practica no comete delito.

Efectos prácticos

  • El aborto voluntario hasta semana 14 es un derecho y no puede ser perseguido penalmente
  • Después de la semana 14, solo las causales B y C permiten el aborto sin punibilidad
  • Los médicos que se nieguen injustificadamente pueden ser pasibles de sanciones disciplinarias
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