Corresponde al Poder Legislativo: 1° Establecer los impuestos y contribuciones necesarios para los gastos de , debiendo estas cargas ser uniformes en toda la Provincia. 2° Fijar anualmente el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos. Con relación a nuevos gastos, dentro de la ley de presupuesto, la iniciativa corresponderá exclusivamente al Poder Ejecutivo; pero la Legislatura podrá disminuir o suprimir los que le fuesen propuestos. La ley de presupuesto será la base a que debe sujetarse todo gasto en la administración general de la Provincia. Si el Poder Ejecutivo no remitiera los proyectos de presupuesto y leyes de recursos para el ejercicio siguientes antes del 31 de agosto, la Legislatura podrá iniciar su estudio y sancionarlos, tomando por base las leyes vigentes. Vencido el ejercicio administrativo sin que la Legislatura hubiese sancionado una nueva ley de gastos y recursos, se tendrán por prorrogadas las que hasta ese momento se encontraban en vigor. 3° Crear y suprimir empleos para la mejor administración de la Provincia, determinando sus atribuciones, responsabilidades y dotación, con la limitación a que se refiere el primer párrafo del inciso anterior. 4° Fijar las divisiones territoriales para la mejor administración. 5° Conceder indultos y acordar amnistías por delitos de sedición en la Provincia. 6° Conceder privilegios por un tiempo limitado a los autores o inventores, perfeccionadores y primeros introductores de perjuicio de las atribuciones del Gobierno General. 7° Dictar leyes estableciendo los medios de hacer efectivas las responsabilidades de todos los recaudadores de rentas y tesoreros de la Provincia y sus municipios. 8° Dictar leyes estableciendo los medios de hacer efectivas las responsabilidades civiles de los funcionarios públicos 9° Aprobar o desechar los tratados que el Poder Ejecutivo celebrase con otras provincias. 10° Discernir honores y recompensas pecuniarias por una sola vez, y con dos tercios de votos del número total de los miembros de cada Cámara, por servicios distinguidos prestados a la Provincia. 11.- Dictar la Ley Orgánica del Montepío Civil. 12.- Organizar la carrera administrativa con las siguientes bases: acceso por idoneidad; escalafón; estabilidad; uniformidad de sueldos en cada categoría e incompatibilidades. 13.- Dictar todas aquellas leyes necesarias para el mejor desempeño de las anteriores atribuciones y para todo asunto de interés público y general de la Provincia, cuya naturaleza y objeto no corresponda privativamente a los poderes nacionales.
Qué significa en la práctica
El Poder Legislativo tiene amplias atribuciones: fijar impuestos, aprobar el presupuesto, crear organismos, acordar amnistías, proteger inventores, organizar la carrera administrativa y dictar toda ley de interés público provincial.
Ejemplo práctico
El Ejecutivo no envía el proyecto de presupuesto antes del 31 de agosto. La Legislatura toma el presupuesto vigente como base, lo estudia y lo sanciona sin necesidad de esperar al Ejecutivo. Al cerrar el año sin una nueva ley aprobada, el presupuesto anterior se prorroga automáticamente.
Efectos prácticos
•Solo la Legislatura puede crear o modificar impuestos provinciales
•Si el Ejecutivo no envía el presupuesto antes del 31 de agosto, la Legislatura puede elaborarlo con la ley vigente como base