Devuelto un proyecto por el Poder Ejecutivo, será reconsiderado primero en la Cámara de su origen, pasando luego a la revisora; y si ambas insisten en su sanción por el voto de los dos tercios de sus miembros presentes, el proyecto será ley y el Poder Ejecutivo se hallará obligado a promulgarlo. En caso contrario, no podrá repetirse en las sesiones de aquel año.
Qué significa en la práctica
Si ambas Cámaras insisten en el proyecto vetado por dos tercios de sus miembros presentes, el Ejecutivo está obligado a promulgar la ley sin posibilidad de nuevo veto.
Ejemplo práctico
El Gobernador veta una ley de reforma educativa. Diputados y el Senado votan insistir con el texto original: ambas Cámaras reúnen más de dos tercios de sus miembros presentes. La ley queda sancionada sin modificaciones y el Ejecutivo está obligado a promulgarla y publicarla.
Efectos prácticos
•El veto presidencial puede ser superado si ambas Cámaras insisten con dos tercios
•Si alguna Cámara no alcanza dos tercios para insistir, el proyecto no puede tratarse en las sesiones de ese año