Ley 0

Artículo 128

Texto oficial

En los mismos casos en que el Vicegobernador reemplaza al Gobernador, el Vicepresidente del Senado reemplaza al Vicegobernador.

Qué significa en la práctica

El mismo mecanismo que regula el reemplazo del Gobernador por el Vicegobernador se aplica simétricamente al reemplazo del Vicegobernador por el Vicepresidente del Senado.

Ejemplo práctico

El Vicegobernador fallece en el tercer año de mandato. El Gobernador continúa al frente del Ejecutivo y el Vicepresidente del Senado asume la presidencia del cuerpo. La vacante del Vicegobernador se cubre según las reglas de suplencia para que la cadena de sucesión no quede interrumpida.

Efectos prácticos

  • La regla de sustitución es idéntica tanto para el primer como para el segundo cargo del Ejecutivo
  • Si el Vicegobernador está ejerciendo las funciones de Gobernador y queda impedido, el Vicepresidente del Senado asume
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