Ley 0

Artículo 131

Texto oficial

En el receso de las Cámaras sólo podrán ausentarse por un motivo urgente de interés público y por el tiempo indispensable, dando cuenta a aquéllas oportunamente.

Qué significa en la práctica

Durante el receso legislativo, el Gobernador solo puede ausentarse de la Provincia por motivo urgente de interés público y por el tiempo estrictamente necesario, debiendo informar a las Cámaras en la primera oportunidad.

Ejemplo práctico

Durante el receso legislativo, el Gobernador necesita ausentarse por razones de salud. Puede hacerlo sin autorización previa de la Legislatura, pero debe notificarla; si la Legislatura considera que la ausencia afecta al interés público, puede convocar a sesión para evaluar la situación.

Efectos prácticos

  • El Gobernador no puede ausentarse libremente en período de receso: debe justificar urgencia e interés público
  • La obligación de dar cuenta a las Cámaras preserva el control parlamentario sobre el Ejecutivo
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