Ley 0

Artículo 147

Texto oficial

El despacho de los negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más ministros secretarios, y una deslindará los ramos y las funciones adscriptas al despacho de cada uno de los ministerios.

Qué significa en la práctica

Los negocios administrativos de la Provincia son conducidos por al menos dos ministros secretarios, y la ley determina los ramos y funciones de cada ministerio.

Ejemplo práctico

La Legislatura sanciona una ley que reorganiza los ministerios: divide el Ministerio de Salud en dos secretarías autónomas. El Gobernador debe adaptar su gabinete a esa estructura; no puede mantener un ministerio que la ley suprimió ni crear uno nuevo sin autorización legislativa.

Efectos prácticos

  • La ley puede crear, fusionar o suprimir ministerios sin necesidad de reforma constitucional
  • La Constitución garantiza como mínimo dos ministerios, evitando la concentración unipersonal del despacho
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