Ley 0

Artículo 169

Texto oficial

Los procedimientos ante los tribunales son públicos; sus acuerdos y se redactarán en los libros que deben llevar y custodiar; y en los autos de las causas en que conocen, y publicarse en sus salas respectivas de audiencia, a menos que a juicio del tribunal ante quien penden, la publicidad sea peligrosa para las buenas costumbres, en cuyo caso debe declararlo así por medio de un auto.

Qué significa en la práctica

Los procedimientos judiciales son públicos y las sentencias se publican en las salas de audiencia, salvo resolución fundada del tribunal cuando la publicidad sea perjudicial para las buenas costumbres.

Ejemplo práctico

Un ciudadano solicita acceder al expediente de un proceso civil entre dos empresas. Como el proceso es público, puede solicitar copias de las sentencias y actuaciones. Solo los procesos de familia o los que involucren menores pueden tener restricciones de acceso, conforme a la ley.

Efectos prácticos

  • El principio de publicidad judicial garantiza que los ciudadanos puedan acceder a las actuaciones y sentencias
  • Solo por excepción fundada puede limitarse la publicidad en causas donde esté en riesgo la moral pública
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