Ley 0

Artículo 195

Texto oficial

Todos los actos y contratos emanados de autoridades municipales que no estén constituidas en la forma que prescribe esta Constitución, serán de ningún valor.

Qué significa en la práctica

Los actos y contratos emanados de autoridades municipales que no estén constituidas conforme a la Constitución son absolutamente nulos y carecen de todo efecto jurídico.

Ejemplo práctico

Un grupo de ciudadanos toma por la fuerza el palacio municipal y designa un "intendente provisorio" no electo. Todos los actos que dicte esa autoridad de facto son nulos de nulidad absoluta. Los contratos firmados, las ordenanzas dictadas y los nombramientos realizados no tienen validez jurídica.

Efectos prácticos

  • Un concejo deliberante o intendencia irregular no puede dictar actos válidos
  • La nulidad es absoluta e insanable: ningún otro acto puede convalidar la actuación de una autoridad municipal de facto
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