Téngase por sancionada y promulgado el texto constitucional ordenado, comuníquese, publíquese y cúmplase en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Firmantes En la Sala de la Honorable Convención Constituyente, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de septiembre de 1994. MANUEL EDUARDO ISASI Secretario Legislativo H. Convención Constituyente de la Pcia. de Buenos Aires- OSVALDO JOSE MERCURI Presidente H. Convención Constituyente de la Pcia. de Buenos Aires
Qué significa en la práctica
Cláusula promulgatoria final: ordena que el texto constitucional ordenado sea promulgado y publicado para su vigencia y cumplimiento en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, firmado el 13 de septiembre de 1994.
Ejemplo práctico
Este artículo es la disposición de sanción formal de la Constitución bonaerense: certifica que la Convención Constituyente de 1994 aprobó el texto y lo promulgó como la Ley Suprema de la Provincia. Es el cierre del acto constituyente que da fuerza normativa obligatoria a todo lo anterior.
Efectos prácticos
•Esta cláusula cierra formalmente el proceso constituyente: la Constitución queda sancionada, promulgada y en vigencia
•La firma del Presidente y Secretario de la Convención certifica la autenticidad del texto aprobado