En ningún caso y bajo ninguna circunstancia las autoridades provinciales pueden impedir la vigencia de esta Constitución. Toda alteración, modificación, supresión o reforma de la presente Constitución dispuesta por un poder no constituido o realizada sin respetar los procedimientos en ella previstos, como así también la arrogación ilegítima de funciones de un poder en desmedro de otro, será nula de absoluta y los actos que de ellos se deriven quedarán sujetos a revisión ulterior. Quienes ordenaren, ejecutaren o consintieren actos o hechos para desplazar inconstitucionalmente a las autoridades constituidas regularmente, y aquellos que ejercieren funciones de responsabilidad o asesoramiento político en cualquiera de los poderes públicos, ya sean nacionales, provinciales o municipales, quedarán inhabilitados a perpetuidad para ejercer cargos o empleos públicos, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que fueren aplicables. También agravian y lesionan la sustancia del orden constitucional los actos de corrupción. La ley creará el Tribunal Social de Responsabilidad Política que tendrá a su cargo examinar los actos de corrupción que pudieren cometer los funcionarios de los poderes públicos, provinciales y municipales. A los habitantes de la Provincia les asiste el derecho de no acatar las órdenes o disposiciones provenientes de los usurpadores de los poderes públicos.
Qué significa en la práctica
Ninguna autoridad puede impedir la vigencia de la Constitución. Los actos que la alteren son nulos y sus autores quedan inhabilitados para ejercer cargos públicos.
Ejemplo práctico
Si un gobierno de facto interrumpiera el orden constitucional bonaerense, todos sus actos serían nulos de pleno derecho, y quienes participaron —funcionarios, asesores, ejecutores— quedarían inhabilitados para siempre de ejercer cargos públicos en la Provincia.
Efectos prácticos
•Los actos anticonstitucionales son nulos de nulidad absoluta e insanable
•Los responsables de golpes de Estado quedan inhabilitados perpetuamente para cargos públicos