Ley 0

Artículo 34

Texto oficial

Los extranjeros gozarán en el territorio de la Provincia de todos los derechos civiles del ciudadano y de los demás que esta Constitución les acuerda.

Qué significa en la práctica

Los extranjeros radicados en la Provincia gozan de todos los derechos civiles del ciudadano argentino y los que la Constitución les reconoce expresamente.

Ejemplo práctico

Un ciudadano boliviano residente en La Matanza puede abrir una empresa, firmar contratos, adquirir inmuebles y acceder a la justicia exactamente igual que un argentino. Lo que no puede es votar en elecciones provinciales ni ser elegido diputado.

Efectos prácticos

  • Los extranjeros pueden trabajar, contratar, adquirir propiedades y acceder a la justicia en igualdad con los ciudadanos
  • Solo los derechos políticos como votar o ser elegido quedan reservados a los ciudadanos
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