Los límites territoriales de la Provincia son los que por derecho le corresponden, con arreglo a lo que la Constitución Nacional establece y sin perjuicio de las cesiones o tratados interprovinciales que puedan hacerse autorizados por la Legislatura, por ley sancionada por dos tercios de votos del número total de los miembros de cada Cámara.
Qué significa en la práctica
Los límites territoriales de la Provincia son los reconocidos por derecho según la Constitución Nacional, pudiendo modificarse por tratados interprovinciales o con la Nación.
Ejemplo práctico
Si Buenos Aires y Entre Ríos quisieran redelimitar el límite fluvial del Río Paraná, necesitarían firmar un tratado interprovincial aprobado por dos tercios de la Legislatura bonaerense.
Efectos prácticos
•La Provincia ejerce plena jurisdicción sobre su territorio delimitado
•Los límites pueden ajustarse mediante acuerdos interprovinciales ratificados por ley